Ante la confusión creada, se hace necesario aclarar que las nuevas medidas aprobadas por la Junta de Andalucía para frenar la propagación del Covid-19 a partir el 30 de septiembre de 2020 son aplicables en aquellos municipios en los que se decrete la restricción a la movilidad de la población, debido a su alto nivel de vecinos/as positivos/as por Covid-19, cuya consideración se establece a partir de los 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Dicha decisión, si llegase el caso, será tomada por la Junta de Andalucía

Ante la confusión creada, se hace necesario aclarar que las nuevas medidas aprobadas por la Junta de Andalucía para frenar la propagación del Covid-19 a partir el 30 de septiembre de 2020 son aplicables en aquellos municipios en los que se decrete la restricción a la movilidad de la población, debido a su alto nivel de vecinos/as positivos/as por Covid-19, cuya consideración se establece a partir de los 500 casos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días. Dicha decisión, si llegase el caso, será tomada por la Junta de Andalucía.

En este sentido, aplicando este criterio, en La Carlota serían 70 casos activos en los últimos 14 días.

Actualmente, a fecha de 30 de septiembre de 2020, La Carlota registra 26 casos activos, por lo que estas nuevas medidas no son aplicables en nuestro municipio.  

Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en localidades o parte de las mismas donde se haya acordado restricción a la movilidad de la población de una localidad o parte de la misma